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ELECCIONES LEGISLATIVAS 2025

El próximo domingo 26 de octubre se realizarán elecciones nacionales legislativas. Los ciudadanos argentinos que residan en la República Libanesa y deseen sufragar, deberán estar inscriptos en el padrón electoral de esta Embajada. Para ello, es necesario que cuente con domicilio en el Líbano en su DNI con anterioridad a abril de 2025. 

Podrán verificar su situación en el sitio www.padron.gob.ar, con su número de DNI, sexo, seleccionando el distrito "Argentinos en el exterior" y tipeando el captcha de cuatro cifras.

A través de este sitio web podrán también formularse reclamos, si considerara que erróneamente no ha sido incluido en el padrón electoral de esta Sede.

El distrito al que se imputará el voto es aquel en el cual el interesado tuvo su último domicilio en la Argentina. Si nunca tuvo domicilio en nuestro país, el voto se imputará a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Como en anteriores ocasiones, el sufragio se ejercerá mediante el sistema de boleta papel única. 

Esta Embajada se encontrará abierta el domingo 26 de octubre desde las 08.00 hasta las 18.00hs.

 

JUSTIFICACIÓN DEL NO VOTO.

I.- Los ciudadanos que tienen en su DNI domicilio en la República se encuentran alcanzados por el deber de votar en los términos del art. 12 del Código Electoral Nacional.

En consecuencia, todos aquellos connacionales con domicilio en la República que no voten en las elecciones nacionales del próximo 26 de octubre -sea que se encuentren de paso o residan efectivamente en el exterior- deberán tramitar la justificación de no emisión del voto de acuerdo con lo estipulado en la normativa vigente. 

II.- A tales efectos, los ciudadanos contarán con las siguientes opciones:

1.- Autogestionada a través del sitio web del Poder Judicial de la Nación.

Los ciudadanos podrán acceder por sus propios medios a la página https://infractores.padron.gov.ar/ a fin de solicitar la justificación de la no emisión del voto mediante la aportación de documentación que acredite su ausencia del país el día de la elección.

Esta modalidad dependerá de la respuesta de la Cámara Nacional Electoral. Los ciudadanos podrán hacer seguimiento del estado del trámite a través de la misma web.

2.- Personalmente en las Representaciones Diplomáticas y Consulares.

De realizar dicha justificación ante Sede Consular, no será necesario que el ciudadano efectúe ningún trámite ulterior.

El plazo para realizar el trámite de justificación de no emisión del voto es de 60 días corridos desde la fecha de los comicios (art. 125 CEN).

3.- Personalmente en la Argentina.

Los ciudadanos que se encuentren en tránsito en el exterior tendrán la posibilidad de, al retornar a nuestro país, presentarse ante la Secretaría Electoral que corresponda a su domicilio o bien ante la Cámara Nacional Electoral.
 

Fecha de Publicación : 17/09/2025